ORDENANZA DEL PRECIO PUBLICO POR RECOGIDA Y ELIMINACION DE BASURA.

CUANTIA.


 


            1.- La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza, será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente.


            2.- Las tarifas de este precio público serán las siguientes:


            Tarifa primera: Recogida.


                        Por cada metro cúbico o fracción, 4,21 euros. La cantidad mínima a satisfacer será en todo el año 15 metros cúbicos trimestrales.


                        Tarifa segunda: Eliminación.


                        Por cada metro cúbico o fracción,  3,01 euros. La cantidad mínima a satisfacer será en todo el año 15 metros cúbicos trimestrales.