ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO
BANDO
El Alcalde-Presidente en funciones del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Aranda de Duero,
HACE SABER:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 10 de la ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO LOCAL CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, con fecha 21 de diciembre de 2.000:
– Las personas interesadas en la concesión de aprovechamientos consistentes en la ocupación de la vía pública mediante la instalación de mesas, sillas, máquinas de bebidas, caballitos, etc., en bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos análogos, deberán solicitar previamente la correspondiente licencia, por medio de solicitud formalizada al efecto, PREVIO ABONO de las tasas correspondientes que se facilitarán en la Oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento, sita en la Plaza Mayor núm. 1, 1º, HASTA EL DIA 30 de ABRIL, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
– Las cantidades exigibles con arreglo a la Tarifa regulada en la Ordenanza, se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado o realizado, y serán irreducibles.
– El pago de la tasa no supone en ningún momento autorización.
– Las autoridades y licencias concedidas estarán sometidas a la inspección municipal en cualquier momento y si comprobase que la ocupación es superior a las autorizadas, el abonará el 200% de la tarifa.
Lo que se hace público para general conocimiento en Aranda de Duero, a ocho de enero de dos mil trece.
EL ALCALDE EN FUNCIONES