BANDO
El Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Aranda de Duero,
HACE SABER:
El motivo del presente bando es informar que con fecha 30 de agosto de 2004 se publicó en el B.O. de Burgos la Ordenanza reguladora para la limpieza viaria y ornato público.Protección de zonas verdes y mobiliario urbano. Recogida de Residuos Sólidos y su eliminación. En el art. 14.1 de esta ordenanza se regula que al objeto de mantener las condiciones de limpieza y pulcritud que exige el ornato y la estética de la ciudad, solamente podrán fijarse carteles en las columnas publicitarias o en los lugares habilitados para ello, así como en el interior de locales en los que los propietarios autoricen su colocación ( panaderías, bares, centros de salud, institutos,
etc )
En el art. 14.2 se regula la prohibición de:
a) Colocar carteles en paredes, muros, columnas, kioscos, cabinas, fachadas, farolas, verjas, papeleras, contenedores, mobiliario urbano, etc…así como en edificios y monumentos histórico-artísticos o de interés local.
b) Realizar actos de propaganda de cualquier otra clase que suponga lanzar a la vía pública, carteles, folletos y hojas sueltas.
La realización de las actuaciones detalladas en el art. 14.2 se consideran infracciones cuya sanción podría ascender a 1.500 euros.
En Aranda de Duero a 8 de mayo de 2.008
EL ALCALDE
Fdo.: Luis Briones Martinez