La Concejalía de Juventud, en colaboración con la Dirección General de Juventud de la Junta de Castilla y León, ha puesto en marcha un servicio de préstamo de material para asociaciones.
Con tal motivo se han aprobado las siguientes normas:
NORMAS GENERALES DEL PRÉSTAMO DE MATERIAL
1.- Podrán solicitar el material disponible en el Centro de Préstamo (Casa de la Juventud. Avda. El Ferial, 2) las Asociaciones, Centros de Enseñanza, y jóvenes entre 18 y 30 años (en el caso de tiendas de campaña), de Aranda de Duero. Podrán solicitar el préstamo de tiendas de campaña los representantes legales de los menores de edad para éstos, siempre que justifiquen suficientemente la causa y ésta tenga como objeto central alguna actividad relacionada con el joven.
2.- El material deberá ser solicitado al Centro de Préstamo, con un plazo de antelación no inferior a tres días ni superior a un mes.
3.- Los jóvenes, como personas físicas, sólo podrán acceder al préstamo de tiendas de campaña.
4.- El Centro de Préstamo podrá requerir la presentación de los documentos que estime conveniente antes de proceder al préstamo de material.
5.- Se establece el siguiente criterio de prioridad a la hora de proceder al préstamo del material:
– Tendrán prioridad las actividades enmarcadas en programas desarrollados por la Concejalía de Juventud, o por otra instancia del Ayuntamiento.
– Por orden de solicitud para las Asociaciones, Centros de Enseñanza y jóvenes.
6.- El Centro de Préstamo comunicará por escrito la imposibilidad de prestar el material solicitado, cuando razones de prioridad en el préstamo o de utilidad del material para el Servicio de Juventud, así lo requieran.
7.- La entidad solicitante (o, el joven, en el caso de tiendas de campaña) se hará cargo de la carga y transporte del material, tanto en la retirada como en su devolución; debiendo acudir a retirarlo y devolverlo el día y la hora en los que previamente haya quedado con el personal encargado.
8.- La persona que retire el material se compromete a devolverlo limpio y en perfectas condiciones de uso en la fecha prevista.
9.- La anulación de solicitudes deberá hacerse lo antes posible, no siendo en ningún caso con menos de dos días.
10.- Con carácter general el material no se prestará por tiempo superior a 15 días. Cuando concurran circunstancias especiales se podrá solicitar la prórroga por un tiempo no superior a otros 15 días.
FIANZA
11.- Se establece el depósito de determinada cantidad para cada artículo solicitado en concepto de fianza.
12.- Para retirar el material deberá haberse depositado la fianza correspondiente.
13.- La fianza responderá de los siguientes conceptos:
– Los gastos ocasionados por la reparación, reposición de piezas y trabajos para la puesta a punto de los materiales prestados.
– Los descuentos a aplicar en razón del incumplimiento de las presentes normas por las sanciones que correspondan.
– En caso de que la suma de éstos sea superior a la propia fianza, el Centro de Préstamo podrá solicitar a la entidad que haya retirado el material (o en su caso al joven, si se trató de una persona física), el resto del importe.
PROCEDIMIENTO
14.- La fianza (o la parte que quede de ella) será devuelta en un plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha de devolución del material, una vez que éste haya sido revisado y comprobado. Excepcionalmente, por la acumulación de trabajo, este plazo se podrá ampliar un mes.
15.- Las solicitudes procedentes de otras Concejalías del Ayuntamiento de Aranda de Duero están exentas del ingreso de cualquier cantidad.
INCIDENCIAS
16.- Las entidades, o el joven (en el caso de las tiendas de campaña), que accedan al préstamo de material, deberán comunicar cualquier incidencia que se produzca (pérdida, desperfectos, suciedad, retraso en la devolución…) tan pronto como sea posible. Esta comunicación no exime a la entidad (o al joven) de las responsabilidades que deba asumir como consecuencia de las incidencias acaecidas. En caso de robo, se deberá adjuntar el parte de denuncia.
17.- El Centro de Préstamo adoptará las medidas que estime oportunas en el caso de que no se cumplan estas normas o se detecte un uso incorrecto del material.
CANTIDAD A DEPOSITAR EN CONCEPTO DE FIANZA
18.- El importe de la fianza será el siguiente:
Material de préstamo | Fianza |
Tienda de campaña de 3 plazas | 12 / tienda |
Tienda de campaña de 4 plazas | 12 / tienda |
Tienda de campaña de 5 plazas | 12 / tienda |
Colchoneta de espuma | 12 |
Pabellón | 60 |
Prismáticos | 12 |
Lumogas | 12 |
Camping gas | 12 |
Brújula | 12 |
Telescopio | 60 |
Pantalla de proyección | 12 |
Cámara de vídeo | 60 |
Cámara de vídeo digital | 60 |
DVD | 30 |
Proyector de diapositivas | 60 |
Proyector de transparencias | 60 |
Videoproyector | 60 |
Ordenador portátil | 60 |
Equipo de megafonía | 60 |
Altavoz de coche | 30 |
Torso de socorrismo | 30 |
SANCIONES
19.- Será objeto de sanción:
– La anulación de la solicitud de préstamo en un plazo inferior a dos días a la fecha de recepción del material prestado (salvo que las razones de dicha anulación se deba a sucesos que no hubieran podido preverse o que, previstos, fueran inevitables). Se sancionará con la imposibilidad de acceder a un préstamo en el plazo de un año.
– La falta de entrega del material prestado el día convenido (retraso o demora) se sancionará con la pérdida de la fianza depositada, sin perjuicio de la obligación de reintegrar con la mayor inmediatez dicho material a riesgo de someterse a las consecuencias que en derecho depare dicha acción.
– La reincidencia en incumplimientos de las normas que contiene este reglamento de préstamo será causa de denegación del préstamo solicitado.
– La falta de comunicación de alguna incidencia relativa al material prestado (pérdida, desperfectos, suciedad, etc…), se sancionará con 6 , sin perjuicio de asumir las responsabilidades derivadas de la incidencia.