Compra de una vivienda: Garantías y contrato.

Compra de una vivienda: Garantías y contrato.


 


GARANTÍAS SUMULTÁNEAS AL CONTRATO


 


 


Entrega de señal. La señal o arras es la cantidad que el comprador entrega al vendedor a modo de reserva o confirmación de su compromiso de adquirir la vivienda. Si el comprador es el que desiste, pierde la señal y si fuese el vendedor, habrá de devolverla duplicada al comprador.


 


Cantidades entregadas a cuenta. Garantía. Quien promueva la construcción de viviendas, debe percibir estas cantidades a través de una cuenta especial abierta en entidad bancaria o caja de ahorros y garantizar a los compradores, mediante contrato de seguro o aval, la devolución de las mismas más el interés legal del dinero.


 


 


    


EL CONTRATO


 


 


Dos son las formas que puede revestir este contrato: la de documento privado y la de escritura pública:


 


Contrato privado


 


Esta modalidad cubre una situación transitoria hasta el otorgamiento de la escritura pública.


Los contratos establecen las condiciones y compromisos que adquieren tanto el comprador como el vendedor. La firma de ellos supone su aceptación; lea, por tanto, detenidamente su contenido de modo previo y asesórese convenientemente de aquellos aspectos poco claros o que no comprende.


 


Escritura pública


 


Se trata del contrato que se suscribe ante Notario. La escritura pública es requisito imprescindible para que la venta pueda ser inscrito en el Registro de la Propiedad, siendo esta inscripción el máximo reconocimiento legal de la condición de propietario y que da fe ante terceras personas de haberse efectuada la transmisión de la vivienda.


 


La elección del notario corresponde siempre al consumidor.


 


Los gastos de otorgamiento de la escritura (lo que se llama matriz) serán a cargo del vendedor y los de expedición de la primera copia y demás posteriores del comprador.


 


En la primera venta de una vivienda, los gastos derivados de la preparación de la titularidad (obra nueva, propiedad horizontal, hipoteca para financiar su construcción o su división y conciliación) corresponden al vendedor.