ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE CERAMICA: (B.O.P. NÚM. 225 de fecha 26 de Noviembre de 2009)
Art. 1.- Concepto:
De conformidad con lo establecido en el art 127, en relación con el art. 41, ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y aprobado por Junta de Gobierno Local de fecha 29 de octubre de 2.009, este Ayuntamiento establece el Precio Público por la prestación del servicio de la Escuela Municipal de Cerámica.
Art. 2.- Obligados al pago:
Estan obligados al pago del Precio Público regulado en esta Ordenanza quienes se beneficien de los servicios o actividades, cursos, y talleres de cerámica prestados o realizados por este Ayuntamiento, a que se refiere el artículo anterior.
Art. 3.- Cuantía:
La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será:
Curso de cerámica: 28 mensuales por persona, durante la duración del curso. Con un máximo de 30 alumnos.
Art. 4º.- Obligación de pago o ingreso:
La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza nace en el momento en que el usuario se beneficie de la prestación de las actividades de la Escuela Municipal de Cerámica, debiendo abonar la cuantía establecida en el artículo anterior.
Este precio público sólo podrá abonarse mediante domiciliación bancaria, por medio de solicitud normalizada al efecto, que será facilitada en las Oficinas Municipales.
DISPOSICION FINAL:
La presente Ordenanza que consta de cuatro artículos, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP y permanecerá hasta su modificación o derogación expresa.